Sucesiones

– Abogados de Sucesiones –

Inicie su tramite sucesorio con nosotros, somos abogados especialistas, honorarios accesibles y competitivos, consulte ahora mismo, respondemos en el acto. Sucesiones en CABA Y GBA, estamos para asesorarlo. Atención personalizada, consulta sin cargo.

¿En que consiste una sucesión?

Iniciar el trámite de sucesión, requiere un asesoramiento personal, legal, profesional y comprometido. El Estudio Tejerina Anchorena es un estudio jurídico fundado hace más de 80 años por el Dr. Ignacio Tejerina con especial experiencia en Derecho Civil

Vision enfocada en el Cliente
Nuestro trato con el cliente es totalmente personalizado. Trabajamos presupuestando el trabajo a realizar de antemano, para que el cliente conozca los valores que habrá de abonar en concepto de honorarios profesionales y gastos para realizar el trámite de una sucesión.

Desde que muere una persona, hasta que se realiza toda la inscripción de los bienes a nombre de los herederos, se llevan a cabo gran cantidad de gestiones no solo de índole judicial sino también administrativas y que deberán desarrollarse en forma profesional y metódica.

Para ello, contamos con profesionales en la materia que brindan soluciones eficientes a cuestiones que pudieran resultar complejas.

Lo acompañaremos informándole de todas las novedades durante el proceso sucesorio hasta su total terminación, o sea que nuestro asesoramiento es integral y la misión es la de obtener su entera satisfacción.

Sucesiones – Documentación

¿Que documentación es necesaria para iniciar una Sucesión?

La documentación que se necesita para poder iniciar una sucesión, es la siguiente:

  • Partida de defunción del causante fallecido.
  • Partida de nacimiento de los hijos que estén vivos y partida de defunción si alguno falleció antes.
  • Partida de matrimonio si estaba casado/a.
  •  Partida de defunción del cónyuge si era viudo/a.
  • Partidas que acrediten los vínculos si se tratara de otros parentescos.
  •  Todos los datos personales e impositivos de los herederos, como ser, Nombre, domicilio, DNI, estado civil y CUIT o CUIL, fecha de nacimiento, nombre del padre y nombre y apellido de la madre.
  •  Fotocopia de Títulos de Propiedad de inmueble/s, en caso de ser necesario se le solicitarán los originales.
  •   Una boleta de ABL o ARBA del año en curso, de los inmuebles que se denuncien en la sucesión, todo ello a fines del pago de la tasa judicial que es un % de dicha valuación 1,5% y/o 2,2% según la jurisdicción a iniciarse.
  •  °Otras documentaciones que acrediten cuentas bancarias, derechos, acciones, etc.

Con toda ésta documentación se inicia la sucesión y una vez que el juez dicta la declaratoria de herederos o declara válido el testamento, se procederá a la inscripción de esa resolución judicial en los distintos registros (inmueble, automotor, Inspección General de Justicia, etc.) y con dicha inscripción/es terminaría con los trámites sucesorios.

En caso de no contar con la documentación detallada en el presente, lo asesoraremos y pondremos a su disposición una gestoría a fin de reunir los documentos necesarios para poder dar curso al juicio sucesorio. 

¿Como debo Enviar la información?

Por una cuestión de agilidad en el trámite, en caso de querer iniciar la sucesión, Ud. puede enviar la documentación e información detallada en el presente escaneada vía mail, a fin de que el estudio confeccione el escrito de iniciación pertinente y luego Ud. simplemente deba concurrir al estudio para su firma

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Sucesiones  – Gastos

¿Cuáles son los gastos de una sucesión?

Los gastos que se deben efectuar en una sucesión son:

° La tasa de justicia que varía su porcentaje según el trámite sea en Capital Federal o Provincia de Buenos Aires y se fija de acuerdo a la valuación fiscal en caso de inmuebles, certificado de contador en caso de acciones, valor de mercado en caso de automotores, tasaciones en caso de bóvedas y otros casos en particular.

° Edictos citando a herederos y acreedores del causante.

° Certificados de dominio e inhibición de los Registros de la Propiedad Inmueble con relación a los inmuebles que se deben transmitir.

-Tasa de Justicia.

A veces, depende de dónde estén los inmuebles es necesario, previo a la inscripción de la declaratoria, efectuar mensura del inmueble por un agrimensor.

Y por supuesto los gastos de inscripción de la declaratoria en los distintos Registros de la Propiedad Inmueble, Registro de la Propiedad Automotor, Inspección General de Justicia.

Nuestro Estudio en la primera oportunidad le informará con toda claridad y por escrito a cuánto asciende aproximadamente los gastos del trámite sucesorio.

 

    Sucesiones – Honorarios

     ¿Cuáles son los costos/honorarios de una sucesion?

    Existen dos formas para establecer los honorarios:

    Por regulación Judicial:

    Si no existe un convenio de honorarios entre abogado y cliente, el Juez será el encargado de regular los honorarios del abogado que intervino en la sucesión aplicando la ley de aranceles.

    Por convenio de honorarios:

    El convenio de honorarios es un contrato entre el cliente y el abogado por el cual se pacta el porcentaje o un valor fijo para realizar la sucesión. A los fines de evitar la incertidumbre es conveniente realizar un convenio entre las partes.

    En los juicios sucesorios siempre recomendamos que solicite a su abogado patrocinante un convenio de honorarios por anticipado, con esto evita sorpresas respecto a la regulación de honorarios que realizará el juez en caso de no contar con dicho convenio.

    En el Estudio Tejerina Anchorena, los honorarios profesionales por el inicio y la terminación total de la sucesión se acuerdan en forma previa conjuntamente con el cliente y se firma un convenio en tal sentido. Si bien hay que analizar cada caso en particular y sus múltiples variables, los honorarios profesionales del Estudio oscilan entre el 3% y el 8% del valor aproximado de los bienes a transmitir. Normalmente a mayor valor del acervo sucesorio menor es el porcentaje de honorarios, aunque también influyen otras variables, como cantidad de bienes, complejidad del trámite, ubicación de los bienes.

    Los honorarios que manejamos son sensiblemente bajos y muy competitivos dentro de los mínimos legales, pero siempre va a depender del trabajo a realizar y su posible complejidad.  

    ¿Cuales son las formas de pago?

    ° Se puede abonar en efectivo.

    ° En cuotas.

    ° Vía transferencia bancaria ó depósito bancario.

    -Tarjeta de Crédito – Mercado Pago.

      Preguntas Frecuentes

      ¿Cómo se inicia el trámite de una Sucesión?

      Un Juicio de Sucesión se tramita mediante la presentación de un proceso judicial que busca el dictado de una sentencia (denominada «declaratoria de herederos»), y luego dicha declaratoria se inscribe en relación a los bienes que pertenecían al causante.

      ¿Quién puede iniciar un Juicio de Sucesión?

      Un Juicio de Sucesión se inicia por pedido de todos o algunos de los sucesores.

      1. El cónyuge, los herederos y legatarios.
      2. El albacea (ejecutor testamentario).
      3. Los acreedores del causante pueden también iniciarla como de los herederos.
      4. Todos los que tengan en la sucesión algún derecho declarado por las leyes.

      Aunque el trámite sucesorio haya sido iniciado sólo por uno de los familiares o personas que heredan, no significa que el resto no resulte declarado heredero. La sentencia se dictará a favor de todos, incluso todos ellos serán citados por edictos para que comparezcan. A los mismos efectos, una vez dictada la declaratoria, se le hará «sin perjuicio de terceros», es decir, si posteriormente apareciera otro heredero no declarado, el mismo podrá solicitar el juez «la ampliación de la declaratoria a su favor».

      ¿Qué tipo de sucesiones existen?

      La sucesión típica es aquella donde el causante no ha dejado testamento. En este caso la sucesión se denomina ab-intestato.

      Si, en cambio, la persona que fallece ha dejado un testamento escrito, la sucesión se denomina testamentaria

      ¿Cómo se tramita y cuánto tarda un trámite sucesorio?

      El trámite de sucesión se tramita ante la Justicia Civil que tenga competencia en el último domicilio del causante.  El tiempo depende el tipo de sucesión, la cantidad de herederos y bienes que haya dejado el causante y que ingresen en la sucesión. Aproximadamente si toda la documentación esta en orden el trámite dura de entre 5 a 10 meses, siempre dependiendo del juzgado que intervenga y la jurisdicción.

      ¿Que es la Cesión de Derechos Hereditarios?

      En una sucesión, la persona que hereda, puede transmitir el contenido patrimonial de su cuota hereditaria. Esta cesión debe hacerse por escritura pública. La cesión puede hacerse hasta la partición de los bienes. La escritura se debe agregar al expediente sucesorio y va a ser el documento que se deberá inscribir en los distintos registro .

      ¿Que es el Tracto Abreviado en una Sucesión?

      Cuando todas las personas que heredan, están de acuerdo en vender uno o todos los inmuebles que integren el sucesorio antes de inscribir la declaratoria de herederos a su favor, el inmueble se puede transferir por tracto abreviado. Se realiza la denuncia de Tracto abreviado en el expediente y de esa manera quedan inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmueble simultáneamente la transmisión del causante a quienes heredan, y de estos al comprador, con ello se evitan bastantes gastos, impuesto y honorarios de abogados y notariales.

      ¿Quien es el Juez Competente? Donde se debe iniciar la sucesión?

      Será competente el juez del último domicilio del causante..

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